NORMAS DE CONSTRUCCIÓN

Centro de Exposiciones y Congresos de Campohermoso, Níjar

1.- Expolevante Níjar, al objeto de facilitar las operaciones de montaje de los stands, así como, para lograr la mejor conservación de las instalaciones del recinto ferial, establece las presentes normas, cuyo cumplimiento encarece a todas las personas que participan en los trabajos de decoración y puesta a punto de los stands de las firmas que participan en el certamen.

2.- Las empresas que opten por la construcción de un stand de libre diseño, deberán enviar un proyecto de dicho stand al departamento técnico para que el proyecto de instalación sea autorizado por la Organización de la feria 30 días antes del comienzo del evento.

3.- Toda persona que haya de intervenir en los trabajos de montaje-desmontaje de stands, para poder tener acceso al recinto, deberá poseer los correspondientes permisos de trabajo así como las acreditaciones o pases de montaje-desmontaje.

4.- Cuando la decoración del stand la contrate el expositor con un decorador profesional, será este el que solicite a la feria los pases de montaje-desmontaje, presentando para ello copia del contrato, o en su defecto carta del expositor en la que acredite que va a realizar dicho trabajo, justificando documentalmente que sus operarios están dados de alta en la seguridad social.

5.- Los días y horarios fijados para las actividades de montaje y desmontaje aparecen publicados en la web de la feria. Los horarios para petición de servicios durante el periodo de montaje son de lunes a viernes de 9,00 horas a 14,00 horas y de 16,00 horas a 18,00 horas.

6.- Queda terminantemente prohibido afectar en lo más mínimo los edificios e instalaciones de la feria. Tampoco se permitirá pintar, pegar moquetas, clavar, fijar tacos, ni hacer rozas de ningún tipo en paredes, suelos columnas y elementos estructurales.

7.- La altura máxima autorizada de los stands, en su línea perimetral es de 4 m. Para poder elevar paredes o cualquier elemento decorativo a una altura superior a 4 m., será preciso retranquearse un metro hacia el interior. En ningún caso, se podrá superar, ni por elementos de construcción, ni de decoración, ni señalización, la altura de 5 m, incluyendo los stands de doble planta. La solicitud de autorización de montaje de stands de doble planta a la organización del certamen, deberá ir acompañada de planos detallados, firmados por un técnico superior (certificado del proyecto y certificado de fin de obra).

8.- No se autorizan cerramientos ciegos, perimetrales, a pasillos de longitud superior a 4 m. lineales, sin una interrupción mínima de 1 m transparente. Podrán realizarse cerramientos ciegos de mayor longitud retranqueándose, hacia el interior del stand, un mínimo de 0,50 m.

9.- Ningún elemento de construcción o decoración podrá sobresalir más de 2 cm. del perímetro del espacio adjudicado, y a partir de una altura mínima de 2,5 m.

10.- Las paredes que construyan los expositores en sus stands, deberán quedar completamente acabadas en su parte posterior.

11.- Cualquier desperfecto ocasionado por la negligencia de los montadores en las instalaciones de la feria durante el periodo de montaje-desmontaje de stands, se imputará al expositor, aunque haya sido realizado por el decorador, instalador o persona contratada por éste, pasándole por el importe del mismo. La cuantía del cargo por desperfectos y el peritaje del mismo serán establecidos por los servicios técnicos de la feria. A la vista del proyecto presentado, la feria podrá exigir un depósito previo cuando a juicio de los servicios técnicos se considere preciso. Siendo dichos servicios técnicos los que determine su cuantía.

12.- Durante el montaje-desmontaje de stands no se permite el almacenamiento de materiales o productos en pasillos y espacios comunes.

13.- Finalizado el certamen, el expositor o decorador deberá retirar todos los materiales que integran la decoración del stand, dejando las instalaciones de la feria en el mismo estado en que las encontraron, dentro del plazo que se determine.

14.- Los servicios técnicos y de vigilancia de la feria, realizarán las funciones de inspección y control de los trabajos de montaje-desmontaje, así como el control de los proyectos de construcción de stands, pudiendo suspender un trabajo de decoración cuando no se ajuste a las mismas o invitar a abandonar el recinto a cualquier persona no documentada.

15.- La feria puede prohibir la entrada al recinto a decoradores, montadores, instaladores y suministradores como consecuencia del incumplimiento reiterado de las normas del montaje- desmontaje, pro protestas justificadas de los expositores o por cualquier otra razón suficiente a juicio de la misma.

16.- Nivel máximo de sonido

Están prohibidas las demostraciones ruidosas en el recinto que puedan molestar a terceros.

En relación con el interior del pabellón, o centros de convenciones, se estará al nivel de decibelios autorizados por el Organizador. Se recomienda no se superen los 60 decibelios.

En caso de generarse molestias a terceros por superarse el nivel de sonido autorizado, el personal técnico de la organización comprobará este hecho. Si el resultado de la medición fuera positivo, dicho personal requerirá al Organizador para que traslade a los responsables la obligación de disminuir el volumen hasta los límites autorizados.

En relación con el servicio de megafonía, estará disponible durante el último día de montaje, toda la celebración y durante el primer día de desmontaje. La megafonía únicamente será utilizada para avisos relacionados con la seguridad e institucionales, en ningún caso podrán difundirse a través de ella mensajes personalizados de los expositores o empresas colaboradoras de éstos.